La herencia es la transmisión de los bienes y derechos de una persona al fallecer a favor de sus herederos. Nos podemos encontrar básicamente dos casos:
- Que hubiese hecho testamento en este caso el reparto va en función de lo dispuesto por esa persona.
- Que no hubiese hecho testamento en este caso el reparto será según ley, por ejemplo, fallece una persona casada con tres hijos:
- La mitad por pertenecer a la sociedad de gananciales es para el cónyuge que queda en vida.
- De la otra mitad que era titular el fallecido:
- Usufructo para el cónyuge (se calcula en función de la edad que tenga)
- Nudapropiedad en tres partes iguales para los hijos
Además, al no haber testamento, antes de la adjudicación de la herencia habrá que hacer una declaración de herederos donde dos testigos conocidos de la familia tendrán que acudir a la firma.